La SCJN organismos sin independencia para resolver sobre los juicios orales.
Como se ve de la nota que se comenta, el muy discutible principio de oralidad propio del derecho consuetudinario anglosajón ya fue insertado de manera extralógica en nuestra Constitución , y ahora viene la labor de la Suprema Corte de lavar las lacras del Sistema Político , en este caso provenientes del Ejecutivo y del llamado legislador constituyente permanente de facto, que no de iure, que tiraniza a México. Ese principio de oralidad no es de la esencia del constitucionalismo mexicano por no haber sido consagrado en su connotación anglosajona. Nuestros procesos axiomáticamente son escritos y no orales, y por tanto los cambios en la Constitución y en la legislación por las arbitrariedades de Vicente Fox y de Felipe Calderón son contrarios a los designios del Constituyente de 1916-1917 plasmados en la Constitución original sin los parches que desde entonces se le han venido agregando; de ahí la ingente necesidad de contar con un Poder Judicial independiente, decente, probo e imparcial, caracteres de que adolece la Suprema Corte actual, que en el caso será la de lavar y maquillar aquella sucia labor de parchamiento legislativo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario