Suprema Corte de
Justicia y Consejo de la Judicatura
Federal base y cúpula de la
más grave corrupción
en México.
Por los juristas Francisco
Salvador Pérez y Giap Salvador
Díaz.
Twitter: @giapsalvador1
Canal Youtube: Benito
Juárez Quetzalcóatl.
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Oaxaca
de Juárez Oaxaca, a 14 de
septiembre de 2019.w Urgen cambios estructurales en el aparato de
Justicia Federal de México. Se
requiere eliminar de
raíz tanto a la Suprema Corte
de Justicia de la
Nación como al Consejo
de la Judicatura Federal por
estar conformados por una
estructura que sólo mira a resguardar
los intereses personales
de los graciosos ocupantes de
los altos cargos; esos
altos cargos son
los que ocupan los
ministros de aquel alto tribunal
y los consejeros de la
Judicatura Federal; si llegara
a hacerse una
auditoria idónea acerca del
tipo de resoluciones que se
dedica a pronunciar el mismo
alto tribunal, como el
Consejo de la Judicatura, en los
conflictos que surgen
en el seno del Poder
Judicial con motivo de la actividad
de los funcionarios judiciales,
podrá advertirse cómo
esos conflictos adolecen
absolutamente de los requisitos
procesales que exige un
Estado de Derecho, de los requisitos
que de manera clásica
están consagrados por el
orden normativo y la doctrina, y así
tenemos que esas
controversias de manera sistemática adolecen del
cumplimiento del debido
proceso legal; dichos
funcionarios judiciales y administrativos al realizar esa siniestra
tarea, sistemáticamente, por
metodología deliberadamente condicionante
de sus actividades, se
dedican a simular el debido proceso legal
y a solaparse los unos
con los otros en posturas que rayan
en lo cínico y delincuencial;
estos posicionamientos provienen de
la preparación que
al efecto han
recibido en los
cursos , ciclos de conferencias
y literatura que les
son impartidos de
manera sistemática por personal y
personajes adecuados al efecto y por
instigaciones de los altos mandos de la
Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura bajo la indicación
del presidente de estas instituciones; esos
cursos y conferencias
comprenden a quienes los imparten a personas a fines
a los intereses del extranjero. Estas
actividades las realizan desde luego
con un gran despliegue de
arbitrariedades y prepotencia; el resultado
de ese trabajo ingrato son las
aberrantes resoluciones que
pronuncian tanto el Consejo de la Judicatura Federal
como la Suprema Corte.
En esos conflictos de una manera
vil y abyecta, dicho alto tribunal de forma vergonzante
expresa en sus resoluciones
que no puede actuar asumiendo sus
facultades de órgano jurisdiccional; sino
que simplemente los hace
poniéndose a nivel del
Consejo de la Judicatura, que
jurídicamente tiene las
características de ser
un organismo policíaco, como
una simple autoridad administrativa policíaca
que revisa las resoluciones
del Consejo únicamente con base en el
status legal y
administrativo de la otra
autoridad mencionada; en
contra de esas
determinaciones se hacen
valer recursos administrativos de
los que indefectiblemente conoce la
Suprema Corte en
cuyas resoluciones el
Alto Tribunal no sólo
confirma las resoluciones
del Consejo, sino que de
manera brutal las mejora
con agregados impresentables porque los hace en perjuicio de la parte débil
que son los inculpados jueces y
magistrados; a todo
esto se agrega el
que de manera
cómoda tanto en la
Constitución como en la Ley
Orgánica que rige
la actividad de
aquellas instituciones se
establece que los
jueces y magistrados no
pueden hacer valer ningún recurso no
ya extraordinario sino ni siquiera ordinario
en contra de las
correspondientes resoluciones
que los
agravia, todo ello con
violación abierta e impune
de las normas
que rigen el
Estado de Derecho, todo
ello en gratuito
beneficio de aquella
autoridad administrativa; estas
siniestras actuaciones las vuelve
“jurisprudencias” la Suprema Corte,
violando así todo
el orden normativo
vigente del país;
ante una situación así urgida de
justicia, no existen de
manera absoluta en el
sistema jurídico del país alguna
vía de
hacer valer medios de defensa que como garantía
exige cualquier orden normativo
que respete el Estado de Derecho;
haciendo gráfica esta situación
podemos imaginar un
partido de fútbol de paga y que
jala miles y miles de hinchas entre
dos contendientes en que
los directivos previamente se ponen
de acuerdo para que uno
de los equipos de
antemano se deje
ganar el partido, por lo
que de antemano
ya se sabrá el resultado de
ese partido; y
entonces los que así controlaron el evento obtendrán
los réditos consiguientes; en una situación como éstas desde luego
que entran en juego
muchos y pesados intereses; podríamos definirla como
de una lógica de las mafias,
pero desafortunadamente así
despliegan sus partidos
de balompié esos
equipos llamados Suprema
Corte de Justicia
y Consejo de la Judicatura
Federal.
El hecho
muy grave en
México es que
por otro lado la
Suprema Corte actuando como
juez y parte y haciéndose justicia
por propia mano
en la actividad que desarrolla al lado del Consejo de la Judicatura Federal, a las resoluciones
que pronuncia también
las dota el sistema jurídico
de lo que ellos llaman la
autoridad de la cosa
juzgada y jurisprudencia, que
no son más que
jurisprudencias o disposiciones
normativas espurias cuya
aplicación es obligatoria
para todas las
autoridades judiciales del
país en las resoluciones que pronuncia; de tener conocimiento de ello
George Orwell se removería
en su tumba sorprendido
de tanta perversidad.
También tenemos
que la Suprema Corte
actúa como un tribunal
absoluto, cuyas resoluciones por
sistema anómalamente son irrevocables, son intocables; si en el
caso del trabajo que realiza con el
Consejo de la Judicatura Federal
actúa como ya hemos descrito fácilmente
nos podemos imaginar cómo son sus
resoluciones cuando actúa como tribunal
supuestamente jurisdiccional; esta
Suprema Corte sanciona
otro tipo de actuaciones o
resoluciones administrativas en
contubernio con el Consejo de
la Judicatura Federal; en este caso para
dar trámite y resolver
de plano sin
ningún control institucional
acerca de cuestiones
gravísimas como las
que tienen que ver
con la aplicación de los altísimos
presupuestos que manejan tanto para
sí como para el Consejo de la Judicatura Federal; son miles
de millones de
pesos los que
tiene que mover así anómalamente sin
ningún control institucional
eficaz que garantice el manejo
correcto, probo y honesto
de los vastísimos recursos.
No paran
ahí las anomalías
de la Suprema Corte
y del Consejo
de la Judicatura porque el
Presidente que lo es de ambas
instituciones a la vez –anomalía gravísima- actúa
al mismo tiempo en tales
términos violándose uno de los principios básicos
del ejercicio de las
funciones públicas conforme
el cual no
se pueden desempeñar
al mismo tiempo las funciones
de dos cargos
federales; ejemplificando este
ha sido el caso
de todos los Presidente
que ha tenido
la Suprema Corte
prácticamente desde su
creación que fue a
fines del mandato
de Carlos Salinas
de Gortarí hasta
el que está
actualmente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea pasando por Guillermo
Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar
Morales y otros pillos;
estas gentes cuando
hablan, ¡quien les creyera! ,
quieren hablar a la vez con un tono pontifical y como hermanitas de la caridad con
lo que exhiben a la manera de
un lapsus linguae
fingir ser incapaces de cometer
fechorías y de ser corruptos, así no paran, cada que
hablan a los medios, no se cansan de hablar en contra
de la corrupción , como el sumo
sacerdote que dijo ante los
periodistas que el diablo existe y éstos le hicieron ver que
cómo si él precisamente
tenía una gran
cola; todas estas
y muchas más anomalías
que pueden salir
a la luz son atribuibles a
dichas instituciones y que rebelan lo mal
que hacen la
labor administrativa y la
jurisdiccional, por lo que
ambas instituciones, que de
hecho forman una
sola, deben ser desmanteladas
totalmente, así como lo
hizo en 1994 Carlos Salinas
de Gortarí a raíz
de la entrada a ocupar
el cargo de Presidente
Ernesto Zedillo Ponce de León,
en cambios que
también crearon el
espurio Consejo de la Judicatura actual que desde entonces
viene funcionando; este
último órgano también debe
ser desmantelado con el objeto de
que no intervenga ni interfiera en la
labor jurisdiccional como lo viene
haciendo desde entonces a través
de las resoluciones que dicta
en contubernio con
la Suprema Corte; se recuerda
que en su jerga dirigida a
jueces y magistrados federales
ambas instituciones de
manera presuntuosa propalan
ser sumamente independientes; en virtud
de que todo
el sistema de la
Justicia Federal se encuentra
afectado de manera grave
por el mal de la corrupción, pues
adolece de ese
mal de manera prácticamente institucional precisamente porque así fue
programado y diseñado y llevado a
efecto; es necesaria
una renovación de la mayoría
del personal profesional
y mediante la implantación
de programas rápidos
y eficaces que se realicen con la
colaboración sobre todo
con la de las escuelas
del derecho públicas
y de otras instituciones afines
y complementarias, se prepare
al nuevo personal de
jueces, magistrados y secretarios que sustituya a
aquellos, con el objeto de
preparar a jueces, secretarios
y magistrados sobre todo cultos,
comprometidos con las metas
nacionales caras a nuestra
patria, que privilegien
obviamente la satisfacción de
las ingentes necesidades
nacionales, queremos que la patria se enderece por senderos
que vayan hacia el rescate de los
valores que son la razón de
nuestro ser, el rescate de
nuestra grandes riquezas, la fortaleza
de nuestras instituciones, la elevación del
nivel de vida, la lucha contra toda
clase de fanatismos y prejuicios, la
solidaridad contra los carentes de fortuna y capas de población
empobrecida por las injusticias,
la solidaridad con los migrantes de los
países latinoamericanos; bajo esos
valores deben formarse los nuevos
cuadros de jueces y magistrados federales. Bajo estas premisas debe
fundarse la creación de las
nuevas instituciones y preparación de
los nuevos funcionarios
judiciales.
La dupla Suprema Corte
y Consejo de la
Judicatura Federal dado que
actúan de manera
unitaria para su
conveniencia, para
eternizarse en los puestos, lo
hacen como juez y
parte y
haciéndose justicia por
propia mano en
abierta violación de los
principios de imparcialidad y profesionalismo que
consagra el artículo 17
constitucional. En las Controversias
promovidas por una
gran cantidad de
jueces y magistrados
federales con motivo de
los altísimos salarios
que les paga dicha
dupla a los que
aparecen como inconformes,
sin ningún pudor
el citado Alto Tribunal y con la
complacencia de los
otros dos poderes legislativo y ejecutivo ¡vaya! se avocó
al conocimiento de dichos
asuntos en los que los ministros-jueces de las instituciones aludidas son partes interesadas puesto que
en contra de ellos se dictaron las
normas respectivas para que se
les rebajaran los
altísimos salarios que devengan; como se sabe de tal prebenda
disfrutan de manera
exagerada los flamantes ministrosjueces; así las cosas
dichos privilegiados funcionarios tan vociferantes en los medios
de prensa de manera escandalosa se hicieron las víctimas ante las modestísimas
y justas disposiciones del Poder Ejecutivo para rebajarles sus exorbitantes
prestaciones; es decir, mostraron de esa
manera su impúdica oposición a las
normas mediante las
cuales ¡por fin! les recaía aunque con evidente lenidad una medida
de justicia. Aduciendo
de manera desleal
y corrupta los infalibles
jueces-ministros supuestas
facultades provenientes de los
pesos y contrapesos que
sancionan la doctrina de la
División de los Poderes Públicos, se
avocaron así al conocimiento de
aquellos asuntos, de los cuales
carecen en absoluto de
poder y competencia
para avocarse a su conocimiento
y resolverlos.
La
Suprema Corte y por las mismas
razones los demás tribunales federales
carecen de competencia para resolver
dichos asuntos, carecen de jurisdicción, por lo que al
actuar como jueces
lo hicieron mutu proprio como
simples personas sin ninguna
facultad legal y constitucional; en
las resoluciones de la Suprema Corte
en que esta actúa sin competencia y como
juez y parte se hace justicia
por propia mano; es claro
que la doctrina de la división
de los poderes públicos de
ninguna manera cobija
y solapa las actuaciones
deshonestas de los servidores
públicos. Por su importancia o
relevancia, una razón más, la naturaleza de
dichas controversias es
eminentemente política, es decir que se trata de
asuntos de carácter político en los que
nada tiene que
hacer la Suprema
Corte y sus
jueces ministros autoridades judiciales;
en tal virtud quien
tiene la competencia
como autoridad política de primer
nivel lo es el
Titular del Poder Ejecutivo y Jefe y rector
máximo del Estado, quien
actuando de común
acuerdo con la Cámara
de Diputados, órgano
éste que es el competente para
fijar y especificar las
prestaciones de los servidores públicos Federales, obviamente
dichos órganos son
en todo caso los
que deben fijar
la medida y el monto de
los salarios correspondientes a todos
los servidores públicos
federales, de ahí
que se puedan juzgar
cuando menos como
frívolas las actuaciones que
al efecto están
teniendo tanto la
Suprema Corte como
los demás jueces y magistrados del Poder
Judicial Federal, por lo que URGE:
que los titulares del Poder Ejecutivo Federal y de la Cámara de
Diputados atraigan todos
esos asuntos asumiendo su
competencia plena y política al
más alto nivel del Estado y los resuelvan en la
esfera administrativa soberanamente; también
es urgente que en los
casos subsecuentes para casos
de la misma naturaleza asuman
el mismo papel acabado de
mencionar. Asimismo consideramos necesario
consagrar el mismo
criterio en la Constitución y leyes
secundarias.
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