Comentario:
Oaxaca, México, 2sep2013 // No es novedosa
la sustancia de la nota de la
Jornada relativa a la labor de zapa
que sistemáticamente realiza el Consejo de la Judicatura Federal integrado ahora por César Jáuregui Robles, Juan Carlos Cruz
Razo, Daniel Francisco Cabeza De Vaca Hernández, Juan N. Silva Meza, Manuel
Ernesto Saloma Vera, César Esquinca Muñoa, dependiente de la cúpula
encaramada en la Federación desde 1994,
cuando Ernesto Zedillo tomó el poder de una de las maneras más sucias y
cobardes que recuerdan la Historia
Mexicana. Como se sabe, fue este sujeto el que creó al Consejo de la Judicatura Federal para dirigir desde el Poder Ejecutivo la labor de la justicia en
México a través principalmente de dicho
órgano ejecutivo policíaco y de la Suprema Corte de justicia de México que para
el caso también constituye un órgano netamente policíaco y no de justicia.
Como su rimbombante nombre lo indica
dicha Corte es nada menos
que “Suprema”, es decir un órgano
de corte absolutista trasnochado
a la manera de los
textos de autores tan plegados al poder autoritario imperialista, sobre todo
de los Estados Unidos, como lo fue y lo
sigue siendo el tan idolatrado por los maestros
y facultades de jurisprudencia y alta clase política corrupta de los
países vasallos del imperialismo
capitalista como lo es el de México. Tales
son las condicionantes de organismos tan decadentes, lamentables y
entreguistas al imperialismo del capital,
como son el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) ambos órganos
formalmente incrustados al
Poder Judicial Federal (PJF), pero que no son más que ramificaciones
viles de la serpiente capitalista, al
servicio incondicional de las clases que
se dedican a quemar incienso al oro del becerro; por ello
vemos en los estrambóticos actos oficiales de esas
instituciones antimexicanas mostrar
con sus voceros todo un bagaje de
improperios y desatinos dirigidos a ocultar
sus depravadas concepciones de la
Justicia; ignoran a bocajarro el papel digno que corresponde a un poder
Judicial profesional honesto, serio, mexicano y mexicanista; ofenden
la investidura genuina de los jueces
sabios, honestos y valientes y usan un
lenguaje que raya en los esotérico, en lo calumniador, en lo cobarde, en la
imploración de categorías metafísicas, artificiosas, cavernosas, muy
antimexicanas y muy lacayunas ante
el foro de los todopoderosos del capital
y de la política, tal y como lo mostró
el espurio consejero de la Judicatura
federal César Jáuregui Robles como una
ofensa en contra
de la justicia neta y de la dignidad
de los auténticos juzgadores
mexicanos; ese señor
consejeril nada sabe y
por ello nada puede hablar de Justicia, la que nunca ha practicado; sólo sabe de adular mediante falaces rodeos y
circunloquios prosaicos a sus
dioses que usurpan el poder de los mexicanos. Véase en los días que corren la tristeza, la tremenda depresión de todos los mexicanos ante las miserias de las políticas públicas
que a México le recetan los conocidas
organismos del imperio
capitalista que padecemos; véanse los
tristes acontecimientos corrientes ofensivos de la dignidad del pueblo de México que patrocinan, promueven y dirigen esos factores
del poder destructivo de la conciencia
y de la Nación Mexicana, a que dócilmente se
somete el aparato federal
del poder público de México. @BenitoJuarezG
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Consejeros se
extralimitan en sus funciones, acusan ante la SCJN
Jueces y magistrados
enfrentan al CJF por unarecomendación
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Lunes 2 de septiembre de 2013, p. 19
Lunes 2 de septiembre de 2013, p. 19
El pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió un recurso en contra del
Consejo de la Judicatura Federal (CJF); esta vez se investiga la posible
intromisión de dicho órgano administrativo en la autonomía e independencia de
jueces y magistrados.
La secretaría ejecutiva de disciplina del CJF aprobó, en junio pasado,
la circular 2/2013, en la que le recomienda a los juzgadores no aplicar la
jurisprudencia integrada conforme a la Ley de Amparo anterior, en razón de que será
aplicable únicamente la que no se oponga a la Ley de Amparo vigente.
Los ministros analizan la constitucionalidad de dicha circular, porque
los consejeros no tienen facultades legales para calificar las resoluciones
judiciales o para intervenir en el criterio de los jueces.
Los consejeros tienen atribuciones para administrar, vigilar y sancionar
–en su caso– a los jueces por cuestiones administrativas, pero no pueden
cuestionar los fallos.
Trascendió que, por la gravedad del asunto, el pleno de la SCJN resolvió
tomar cartas en el tema para determinar si la decisión de la comisión de
disciplina del consejo –impulsada por el representante del Senado en el CJF, el
panista César Jáuregui, y por el magistrado Juan Carlos Cruz Razo– se apega a
la Constitución.
La circular, fechada el 25 de junio pasado, está dirigida a magistrados
integrantes de los tribunales colegiados de circuito, de los tribunales
unitarios y jueces de distrito.
El texto señala que la comisión de disciplina estima pertinente
informar y recordar a los titulares de los órganos jurisdiccionales, los
artículos sexto transitorio y 61, fracción III, de la Ley de Amparo, que
disponen lo siguiente:
“Sexto. La jurisprudencia integrada conforme a la ley anterior
continuará en vigor en lo que no se oponga a la presente ley.
Artículo 61. El juicio de amparo es improcedente...III. Contra actos del
CJF.
Al hacer una interpretación, al parecer ilegal, de los artículos que
tienen que ver estrictamente con criterios judiciales, los consejeros estarían
influyendo en el criterio de los juzgadores, explicaron fuentes judiciales
consultadas.
El texto agrega que la jurisprudencia integrada conforme a la abrogada
Ley de Amparo, será aplicable únicamente en lo que no se oponga a la
vigente, lo que resulta vinculante para el análisis de las causales de
improcedencia que con motivo de la aludida reforma se opongan a criterios
jurisprudenciales, anteriormente aprobados por la SCJN o por tribunales
colegiados de circuito, cuestión que debe analizar el juzgador.
Los funcionarios señalaron que aun cuando el documento señala en su
último párrafo que la comisión de disciplina del CJF emite la presente
circular con un carácter informativo, respetando la autonomía e independencia
judiciales de la que gozan los impartidores de la justicia federal, lo cierto
es que los consejeros no tienen por qué hacer ese tipo de señalamientos. Eso le
corresponde exclusivamente a la SCJN y a los tribunales colegiados, subrayaron.
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