SOBRE LAS CONTROVERSIAS JUDICIALES POR LOS ALTÍSIMOS SALARIOS, ASÍ DE SENCILLA LA COSA.
Juristas Francisco Salvador Pérez y Giap Salvador Díaz.
Pues bien, hay que insistir en que es contraria a los intereses nacionales, antipolitica, antijurídica e injustificable del todo la inusitada pasividad del Presidente Andrés Manuel López Obrador −AMLO−, ante el grave problema de la resolución de las controversias surgidas con motivo de los altísimos y desorbitados sueldos que devengan los jueces, magistrados Federales y ministrosjueces de la Suprema Corte de Justicia −SCJ−. En efecto, esas Controversias surgieron con motivo del proceso electoral federal para elegir al Presidente de México. En esa campaña electoral como una cuestión jurídica AMLO ofreció y se comprometió a que de resultar electo Presidente en aquel proceso, es decir, se trata de una cuestión que fue ventilada nacionalmente, a rebajarle los sueldos a todos los empleados de la Federación y de organismos ligados administrativamente a la entidad Federal, por lo que habiendo sido electo para desempeñar el alto cargo, es claro que con ello AMLO quedó imperativamente obligado a dar cabal cumplimiento, sin mayores complicaciones burocráticas, al importantísimo pacto de bajarle drásticamente sus altísimos sueldos a los mencionados jueces, magistrados y juecesministros y demás funcionarios aludidos. Esto se fundamenta y nos lleva a considerar la naturaleza del aludido pacto surgido del Proceso electoral, algo de lo que nosotros sepamos, hasta ahora, ningún analista o jurista o político se haya ocupado con la debida seriedad. Así es que tenemos que decir que el pacto de que se trata es en primer lugar de la máxima importancia nacional tomando en cuenta la naturaleza del proceso aludido. También cabe considerar que el pacto es de naturaleza constitucional porque fue tomado y surgido precisamente de un proceso de primera categoría política porque en él técnicamente intervino por definición todo el pueblo de México; por lo mismo tanto el proceso como el pacto electoral aludidos tienen una categoría política de primer orden en el concierto nacional; a ellos se debe que AMLO quedó constitucional, jurídica y políticamente obligado a dar cumplimiento al mandato pactado de bajarle drásticamente los sueldos a los funcionarios públicos indebidamente enriquecidos por esa vía. Dentro de los avatares que se han dado con motivo del cumplimiento del pacto referido surgieron los juicios y controversias interpuestos por los supuestos afectados , de los que indebidamente conocieron los juecesministros de la SCJ. De conformidad con las normas que rigen su trabajo, dichos jueces se encuentran ABSOLUTAMENTE impedidos para avocarse al conocimiento y resolver aquéllas controversias judiciales, ya que al recaer los efectos de la ley que regula los sueldos o salarios de los mencionados funcionarios, éstos tienen el carácter de interesados, lo que significa que no pueden ser jueces en los asuntos en que ellos tienen un interés técnicamente así definido en la regulación correspondiente; ello significa que carecen de competencia para avocarse al conocimiento de los asuntos aludidos, y entonces, cuando menos en los asuntos del carácter de los que estamos enfocando, jurídicamente no pueden intervenir como jueces, no pueden tener el carácter de jueces, magistrados juecesministros en los mismos, por lo que al contravenir esta dogmática que es de aplicación imperativa, como lo hicieron, con ello violaron su estatuto de funcionarios públicos aludidos, y con ello se hacen acreedores a las sanciones aplicables, que incluso pueden rayar en las de índole penal y no solamente administrativa; por las mismas razones todos los actos en que incurrieron en los propios juicios y controversias debemos considerar carentes de validez jurídica, y ello entraña un grave problema político del cual el principal responsable es precisamente quien lo origina y que no es más que el Presidente AMLO. El problema en cuestión lejos de haberse ya resuelto, a la fecha tiene una complicación mayor, lo que exige, como se pregona por los políticos que se consideran de altos vuelos, darle una solución, como se dice, tomando el toro por los cuernos. De lo expuesto podemos concluir diciendo que siendo las aludidas CONTROVERSIAS JUDICIALES justamente políticas, de su resolución corresponde conocer a una autoridad política, y, paradójicamente, no judicial en sentido formal, sino como lo son el Presidente de la República y la Cámara de Diputados que también es la avocada asociada con aquél ya que es la entidad encargada constitucionalmente de fijar el monto de los salarios de todos los empleados y funcionarios públicos federales, incluidos los ministrosjueces en cuestión, y asimilados aludidos.
Pero, en el Estado de Derecho, alguien tiene que resolver las Controversias y los juicios en cuestión, por su índole eminentísimamente política. Tenemos que la primera autoridad política del país es precisamente el PRIMER MAGISTRADO de la Nación por ser él el Jefe de Estado, o sea el máximo Rector del mismo. Así de sencilla la cosa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario